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Función docente

Cómo son las oposiciones de Intervención sociocomunitaria y de Servicios a la Comunidad

Cuando trazas tu meta de ser docente en Formación Profesional, dentro de la familia de Servicios Socioculturales y a la Comunidad, una de las primeras dudas que te puede asaltar es elegir entre las dos especialidades de profesorado posibles: Intervención Sociocomunitaria o Servicios a la Comunidad.

Por lo que al propio proceso selectivo se refiere, ambas comparten muchas similitudes, si bien presentan también ciertas diferencias.

A lo largo de este artículo caracterizaremos unas y otras para ayudarte en la toma de decisiones. Asimismo, te explicaremos con detalle cómo es el proceso selectivo y dónde encontrar toda la información que necesitas. 

Cuando trazas tu meta de ser docente en Formación Profesional, dentro de la familia de Servicios Socioculturales y a la Comunidad, una de las primeras dudas que te puede asaltar es elegir entre las dos especialidades de profesorado posibles: Intervención Sociocomunitaria o Servicios a la Comunidad.

Por lo que al propio proceso selectivo se refiere, ambas comparten muchas similitudes, si bien presentan también ciertas diferencias.

A lo largo de este artículo caracterizaremos unas y otras para ayudarte en la toma de decisiones. Asimismo, te explicaremos con detalle cómo es el proceso selectivo y dónde encontrar toda la información que necesitas. 

 

1.- A grandes rasgos.

Las especialidades de profesorado de Servicios a la Comunidad y de Intervención Sociocomunitaria, como ya hemos comentado, permiten la docencia en los ciclos formativos de la Familia Profesional de Servicios Socioculturales y a la Comunidad. Ese es un punto en común que presentan las dos especialidades. Además, comparten otras similitudes en cuanto a:

  • Áreas de conocimiento incluidas en el temario: sociología, psicología, intervención social y educativa, organización escolar en educación infantil, didáctica, etc.
  • Características de las pruebas de la fase de oposición, que te explicaremos en el siguiente apartado.

Sin embargo, no podemos olvidar que existen también diferencias entre las dos. Las más destacables son:

  • La especialidad de Servicios a la Comunidad, pertenece al Cuerpo de Profesores Técnicos de Formación Profesional, mientras que la especialidad de Intervención Sociocomunitaria, corresponde al Cuerpo de Profesores de Enseñanza Secundaria. Existen, por consiguiente, diferencias a nivel de categorías profesionales y retribuciones.
  • El temario para la oposición de la especialidad de Intervención Sociocomunitaria es más amplio que el de Servicios a la Comunidad.
  • Cada especialidad tiene una atribución docente distinta en los ciclos formativos de la Familia. Puedes consultar cuáles son los módulos profesionales que imparte cada especialidad docente en los anexos de la normativa que regula el currículum de cada ciclo.

Veamos a continuación cómo puedes obtener información sobre el tipo de examen, las partes del mismo y otros pormenores.

 

2.- Cómo me informo.

Dado que en nuestro país, las comunidades autónomas tienen transferidas las competencias educativas, en lo referente a los procesos selectivos del profesorado, también se aprecia esta autonomía. No obstante, todas las decisiones que se toman a nivel autonómico tienen como referente un marco normativo de carácter estatal que marca el rango de acción real. 

El Ministerio de Educación y Formación Profesional tiene regulado el modo de acceso a la función docente mediante el Reglamento de ingreso, accesos y adquisición de nuevas especialidades en los cuerpos docentes a que se refiere la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación (Real Decreto 276/2007). Con posterioridad, el Real Decreto 84/2018 modificó ciertos aspectos que iremos comentando.

La lectura de este Reglamento puede serte útil si no tienes claro en qué comunidad autónoma quieres acceder a la función docente; podrás comprobar mediante su lectura qué tienen de común las distintas convocatorias de las diferentes comunidades. Si, por el contrario, sabes con certeza dónde te vas a presentar, puedes hacer este mismo ejercicio de búsqueda en la web de la consejería de educación de la comunidad autónoma que te interese. 

Unos tres o cuatro meses antes del inicio del proceso, la consejería de educación de cada comunidad autónoma realiza la correspondiente convocatoria, que se publica en el boletín oficial o diario oficial de dicha comunidad.

Para ganar tiempo, no esperes a ese momento, puede ser interesante recurrir a la convocatoria inmediatamente anterior a la que deseas presentarte. Habitualmente, existen pocas variaciones de una convocatoria a la siguiente y la lectura de la anterior puede arrojarte bastante luz al respecto y facilitarte la preparación de la oposición. Sin embargo, no olvides que debes analizar en profundidad la convocatoria a la que te vas a presentar cuando se publique.

 

3.-Cómo es el proceso.

El procedimiento selectivo cuenta con tres fases: oposición, concurso y prácticas. A continuación, las detallaremos.

 

3.1. La fase de oposición.

Se trata de las dos pruebas sobradamente conocidas, la escrita y la oral. Tiene un peso del 60% del total de la calificación. Debemos hacer aquí un inciso para especificar que es posible que antes del comienzo de la primera prueba, las comunidades autónomas establezcan un primer momento de encuentro que se llama Acto de Presentación. Este es el caso, por ejemplo, de Andalucía, entre otras. Dicho Acto es de obligada asistencia y suele ser el día anterior a la primera prueba y en la Sede del Tribunal. En él suceden, o pueden suceder, diversos acontecimientos: se realiza el llamamiento de los aspirantes, se entregan los méritos que se desea que consten en la fase de concurso, se presentan los miembros del Tribunal y, normalmente, se resuelven las dudas que plantean los aspirantes acerca de todo el proceso. Suele ser un momento que, al margen de lo formal, sirve para romper el hielo y atenuar el miedo escénico. Si te presentas en alguna comunidad que lo incluya, trata de sacarle el mayor partido.

Pero volvamos a las pruebas.

Las pruebas tienen carácter eliminatorio, es decir, que sólo realizarás la segunda prueba si has superado la primera.

La primera prueba consiste en la realización de un examen escrito que a su vez tiene dos partes. La parte A pretende que el aspirante demuestre que posee la suficiente formación científica y habilidades técnicas para la especialidad a la que opta. Suele ser de carácter más práctico. En las especialidades de Servicios a la Comunidad y de Intervención Sociocomunitaria consiste principalmente en el diseño de un proyecto de intervención sobre una realidad concreta que se esboza en el enunciado del examen. 

La parte B consiste en el desarrollo escrito de un tema, elegido por el aspirante, de entre un número determinado de opciones extraído al azar. En el caso de Servicios a la Comunidad, cuyo temario es de 49 temas, se extraen cuatro opciones y el aspirante elige una. En el caso de Intervención Sociocomunitaria, se extraen 5 opciones de entre los 69 temas que contiene el temario.

El Reglamento de Ingreso establece que cada parte de esta primera prueba no debe pesar menos del 30%, aunque es algo que también concreta cada comunidad autónoma. En Andalucía, por ejemplo, en la convocatoria de 2018, las dos partes tenían un peso del 50%, por lo que se hacía media entre ambas.

La convocatoria determinará también si ambas partes de la primera prueba se realizan en el mismo o distinto día, la duración total de las mismas y algunas otras características. 

La dos partes de la primera prueba se corregirán en condiciones de anonimato y, frecuentemente, de acuerdo a unos criterios comunes a todos los tribunales que se constituyan en la comunidad autónoma para esa misma especialidad y que suelen hacerse públicos para los aspirantes. Consultarlos de antemano puede ofrecerte una gran cantidad de información sobre lo que se espera de ti. Por lo general, se valorará tanto la forma como el contenido de tu prueba, otorgando mayor relevancia al segundo que a la primera, lo que no debe llevarte a descuidar los aspectos formales (presentación, ortografía, sintaxis, etc.) puesto que, si garantizas la calidad de estos detalles, podrás asegurar parte de la calificación de tu prueba.

Una vez realizada la primera prueba y publicadas las calificaciones, sabrás si la has superado y si debes realizar la segunda prueba.

La segunda prueba no es colectiva, sino individual. Cada aspirante será citado en un día y hora determinado. Debes permanecer muy atento a las vías de comunicación que se establezcan (tablón en la Sede del Tribunal, página web, etc.) puesto que la no presentación en las condiciones que se establezcan puede suponer la eliminación del proceso. 

Esta segunda prueba consiste en la entrega y defensa de una programación didáctica (que tendrás que entregar antes de la prueba) sobre uno de los módulos profesionales en los que la especialidad a la que optas tenga atribución docente, así como en la defensa de una unidad didáctica de entre las que se incluyen en la programación presentada.

El día que se te haya indicado acudirás a la Sede del Tribunal y, cuando llegue tu turno, se sorteará la Unidad Didáctica que vas a presentar (de entre todas las que tengas en tu programación, elegirás una de entre tres opciones). A continuación, tendrás una hora para prepararte la defensa de la unidad didáctica que hayas decidido exponer y, una vez transcurrido este tiempo, comenzará tu examen, que abarcará una hora, media para la defensa de la programación y otra media para la de la unidad de trabajo.

La corrección de la segunda prueba, obviamente, ya no es anónima. Se calificará globalmente de 0 a 10 puntos, siendo necesario un 5 para que se considere superada, si bien, en la propia convocatoria de oposiciones se especificará el peso que cada una de las dos partes (programación y unidad de trabajo o didáctica) tienen en la puntuación final de la primera prueba.

Así, por ejemplo, en la convocatoria andaluza de 2018, la parte de programación tenía un peso del 30% mientras que el de la unidad de trabajo era de un 70%. A su vez, para el cálculo del 30% correspondiente a la programación, se valoraba tanto el documento escrito entregado al Tribunal (un 30%), como la defensa del mismo (el 70% restante).

Conocer todos estos pormenores con antelación a las pruebas, te ayudará a reducir la ya abundante incertidumbre que supone opositar, así como saber las “reglas del juego” con las que se te va a valorar.

Sólo los aspirantes que superen la fase de oposición, accederán a la fase de concurso.

 

3.2. La fase de concurso.

La fase de concurso, que tiene un peso del 40% del total de la calificación, es, por decirlo de algún modo, bastante más invisible. Quiere decir esto que, mientras que los aspirantes conocen personalmente a los miembros del Tribunal e interactúan con ellos en diversas ocasiones, la comisión de baremación realiza su trabajo de forma más privada. Normalmente, las comisiones de baremación realizan la labor administrativa de comprobar y puntuar los méritos de los aspirantes de diversas especialidades o de diversos tribunales de la misma especialidad.

La convocatoria de oposiciones determina a lo largo de su extenso texto también los méritos que se van a considerar válidos en la fase de concurso y la puntuación que tendrá cada uno de ellos, así como algunas otras condiciones que han de cumplir (cantidad de horas de formación, entidades válidas para la impartición de cursos de formación, certificados de idiomas aceptados, fecha en la que se han debido obtener los méritos, por poner solamente algunos ejemplos).

De tal modo, los aspirantes pueden fácilmente saber qué esperar de la fase de concurso e incluso anticiparse a ello. Así, si se va a valorar un determinado número de horas de formación, podrás encargarte de obtenerlas para asegurarte la puntuación en esa parte.

Nuevamente, consultar minuciosamente la convocatoria de oposición te proporcionará muchísima información sobre la calificación esperable tras la aplicación del baremo.

Cuando se publiquen las calificaciones provisionales de la fase de concurso podrás comprobar si la puntuación obtenida se corresponde con lo esperado. De no ser así o si crees que se ha producido algún error, tendrás un plazo (cuidado, suele ser muy escaso) para presentar una alegación y que se pueda subsanar de cara a las calificaciones definitivas.

Finalizadas ambas fases, oposición y concurso, se publicarán las calificaciones finales del proceso y el listado ordenado de aspirantes que obtienen plaza.

Si eres uno/a de ellos/as, enhorabuena: te acabas de convertir en funcionario en prácticas, la antesala para llegar a ser funcionario de carrera. Aunque aún queda una fase más que te separa de ello, veámoslo.

 

3.3. La fase de prácticas.

La fase de prácticas sucede en el curso escolar inmediatamente siguiente a aquel en el que se produjo la fase de oposición y de concurso. Durará más de un trimestre pero menos de un curso e incluirá docencia en un centro educativo bajo la tutoría de un compañero/a y cursos de formación complementaria. Al término de la misma, se te calificará como Apto o No apto. Si se te califica como Apto, se te nombrará funcionario de carrera y, si por la circunstancia que sea, resultas No apto o no has podido realizar la fase de prácticas (por enfermedad, por ejemplo), se podrá aplazar un año. Solo se te puede evaluar dos veces.

 

4.-Unas últimas recomendaciones.

Desde ya te anticipamos que opositar es, con mucha probabilidad, una de las experiencias más estresantes de tu vida profesional. Prepárate mentalmente para ello y recuerda que solo llegan al final los que son capaces de controlar adecuadamente estos niveles de estrés.

Una de las estrategias que te recomendamos para sentirte algo menos abrumado/a es que anotes todos los hitos o momentos que sucederán y en el orden en el que lo harán, para que no olvides ninguno. Vamos a ayudarte un poco con la tarea:

  • Presentar la solicitud de participación en el proceso selectivo en tiempo y forma.
  • Consultar la lista provisional y definitiva de admitidos/as y subsanar si hay algún error.
  • Revisar el calendario de actuaciones antes del inicio de las pruebas y acudir a las diferentes pruebas y actos de forma puntual.
  • Comprobar las diversas calificaciones (provisionales y definitivas, tanto de la fase de oposición como de concurso) y presentar en tiempo y forma las alegaciones que procedan.

Respecto a las fechas y plazos a tener en cuenta, recuerda que la página web de la consejería de educación de la comunidad donde te vas a presentar, será una visita obligada casi a diario para estar al tanto de cualquier información que resulte de tu interés en todo este proceso. Las redes sociales son también muy útiles en estos tiempos, especialmente si sigues los perfiles de entidades como consejerías de educación, sindicatos, asociaciones profesionales, etc. Estos perfiles suelen proporcionar mucha información y muy actualizada sobre los procesos de oposiciones que se encuentren próximos.

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